Las cláusulas de jurisdicción exclusiva en los tratados de libre comercio suscritos por Colombia. Un intento insuficiente frente a la jurisdicción de la OMC

Resumen

La fragmentación del derecho internacional ha generado conflictos y superposiciones entre la jurisdicción de la omc y la jurisdicción de otros tribunales. En el caso de Colombia, todos los instrumentos suscritos por el gobierno establecen un mecanismo de solución de diferencias que prohíbe a las Partes acudir a foros diferentes (incluido el de la omc) para solucionar controversias que ya fueron falladas o que están siendo conocidas por el tribunal que cada tratado establece. En contraposición, los tratados y los pronunciamientos de la omc sobre el tema son consistentes en establecer que la jurisdicción de dicha Organización es de obligatoria concurrencia por parte de los miembros aún si dicha controversia ya fue o está siendo conocida por otro tribunal. Esto se traduce en que las cláusulas de jurisdicción exclusiva pactada por Colombia en sus tratados, es ineficaz ante la omc.