El posible impacto de la patentabilidad del software en la economía colombiana

Resumen

La protección jurídica del software a través de copyright para el sistema anglosajón y de derecho de autor para el sistema latino, ha recogido como institución jurídica la tendencia mundial, de protección de este bien incorporal.

 

Aunque esta tendencia ha sido muy controvertida desde la academia de la Ciencia Jurídica y Económica, con base a contradicciones normativas ya existentes entre cuerpos normativos que consideran al software como una obra del dominio literario objeto de derecho de autor, para el que a su vez se prohíbe expresamente la patentabilidad del mismo y el convenio de la Adpic, que incluye dentro de la materia patentable los productos de cualquier campo de la tecnología, sumado a las decisiones que se han basado en criterios interpretativos tendientes a la protección del software a través de patentes. Tal es el caso Diamond vs. Diher en Estados Unidos de Norte América y el Caso Sohei en Europa, que si bien no declara al software como un producto patentable, abre la puerta a que este se pueda patentar en algunos casos, o dicho de otra forma atenúa dicha prohibición.

 

De esta circunstancia surge la necesidad de analizar y presentar una mirada, sobre si los efectos de la hipótesis de la patentabilidad del software son positivos o negativos en el contexto global, regional y local, para el caso de Estados Unidos de Norte América, la Unión Europea y el caso Colombiano en dos aspectos coyunturales de la economía nacional; la libre competencia y el empleo del recurso humano nacional. Dejando como consecuencia una consolidación de prácticas monopolísticas restrictivas de la competencia y un decrecimiento en la generación de empleo en Colombia, así como la pérdida de los ya existentes.